sábado, 10 de septiembre de 2011

Responsabilidad ambiental y sustentable -Environmental and sustainable responsibility-

Por: Cobarrubias-García, M. A.

Analizar los hábitos y las conductas de una creciente sociedad globalizada, evaluar el nivel de insostenibilidad asociado con la problemática ambiental y consumo, es el reto más importante para la protección ambiental y la paradoja de la gran crisis ecológica, yaciente sobre la existencia de un alto grado de preocupación con la aparente incapacidad para el imperioso cambio social.



Pero qué pasa cuando nosotros actuamos de una manera, mientras que otros piensan diferente y actúan de una manera contraria. ¿Quién tiene la razón?, ¿quién está en lo correcto?, ¿Cuáles son nuestros derechos, nuestras libertades, cuáles son nuestros deberes?


Frente a este escenario, la sociedad ha construido un espacio donde movernos con autonomía, se trata de un “conjunto de normas jurídicas que tienen que ver con actuación de los individuos y los grupos humanos, en relación con el ambiente”, siendo al mismo tiempo un componente de la Gestión Ambiental.  Nos referimos a la Legislación Ambiental.



El derecho ambiental se ubica dentro del derecho público, la supremacía, aplicación y obligatoriedad del derecho ambiental en México, se encuentra en el Art. 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece las bases de validez y legalidad fundamentales para la existencia de la regulación sobre el medio ambiente.



Con respecto a la responsabilidad ambiental recae tanto en los individuos, como en las empresas, países y en la especie humana en su conjunto. En la responsabilidad ambiental también se debe evaluar el hecho de la "reparación por daño ambiental". Desde el campo del las ciencias jurídicas, pueden surgir diferentes clases de responsabilidades ante este supuesto como sería la responsabilidad civil por daño ambiental, la responsabilidad penal por daño ambiental y la responsabilidad administrativa por daño ambiental.




Ahora bien, visualizar un escenario que presenta la realidad como la antesala de las consecuencias del despojo, del derroche de los recursos naturales y humanos; en tanto, las políticas destinadas a la preservación, ya no de la naturaleza, sino de parte de ella o de su totalidad es sub-sumida por la voracidad de tres factores interrelacionados entre sí: 1) por la privatización, es decir, como instancia de la ideología dominante en el neoliberalismo; 2) las políticas ambientales en la tesitura de las presiones del capital que necesita cuando menos de los recursos (agua, energéticos y la biodiversidad) y; 3) bajo las actuales relaciones sociales de producción que subordinan a  la producción, consumo y distribución en una lógica de la rentabilidad abierta al mercado especulativo.



Hablar de una fenomenología de lo ambiental, sin circunscribir las explicaciones la ecología política, induce a que dejemos de lado los múltiples problemas que provienen de las contradicciones de las formas de producir, consumir y distribuir.



La ecología política como parte sustancial de la relación sociedad – naturaleza, explica la tendencia de las exigencias de la sociedad: Qué producir, para quién y en qué cantidad es la tríada de la que aún no se ha podido establecer una relación que logre prescindir de la especulación. 


Sabemos que el mercado, rompe con esas interrogantes y las somete a su libre albedrío. Aunado a las expresiones que la sociedad mantienen en mente, pero, aún no tiene en sus manos la toma de decisiones, para construir su propia reproducción “en sí” y “para sí”. El camino que se visualiza más allá de lo que surge como consecuencia de la lógica del “desarrollo” económico basado en las actuales relaciones sociales de producción, es la que habrá de explicarnos las contradicciones ambientales en el contexto de la relación sociedad naturaleza.



Respecto al contexto anterior, las actuales relaciones sociales de producción tienen una vinculación que somete a la naturaleza a las condiciones de subordinación que sólo busca una parte de las transformaciones entre aquella relación. Por ejemplo, las relaciones con la naturaleza van más allá de las de la base económica, varían según la posición, la distancia a los medios de producción dada por el lugar en la estructura socioclasista. En tanto, cabe precisar y debemos considerar que existe una presunción de causalidad múltiple del estado actual del problema ambiental.



Si bien sabemos no toda conducta produce un efecto positivo en el ambiente, ya que podría destruirlo o dañarlo, sobre todo cuando se trata del ambiente constituido por otras especies. Por otro lado, no todo ambiente promueve conductas beneficiosas para el individuo, su cultura u otras especies. El cambio debe provocarse.


Así que nos toca actualmente a esta generación, tomar consciencia, ser autocríticos y corresponsables sobre la toma de decisiones y poner en marcha acciones que permeen y provoquen en nuestra sociedad cambios de actitud más responsables. Hay que empezar analizando nuestras acciones y hábitos de consumo (estilo de vida). Puedes iniciar con un pequeño ejercicio, midiendo tu huella ecológica y te darás cuenta del costo ambiental que implica tu estilo de vida a nivel local y global en el siguiente link (es una herramienta que nos ayuda a analizar la demanda de naturaleza por parte de la humanidad). http://www.miliarium.com/formularios/huellaecologicaa.asp



Aunque a veces parezca que la solución a estos problemas no está en nuestras manos, afortunadamente sí tenemos la oportunidad de actuar. El mismo sistema nos da la posibilidad de incidir en él de forma positiva para cambiar la situación. No debemos olvidar que la obtención de beneficios por parte de las empresas depende, en última instancia, de ti y de mí: de quienes consumimos. Esto significa que, al ejercer un consumo responsable, podemos contribuir a cambiar el modelo económico actual por otro que esté al servicio de las personas y respete el medio ambiente.



Cada vez que optamos por consumir un bien o un servicio producido “éticamente”, contribuimos a un cambio en el sistema de la siguiente manera:


  • Apoyando a las empresas que actúan de manera responsable. Es importante que las empresas que ya están comprometidas con el consumo responsable, tengan suficiente volumen de negocio para seguir operando y contribuyendo a un cambio positivo.
  • Enviando, a las empresas que no siguen prácticas éticas, el mensaje de que no consumiremos sus productos a menos que cambien su modo de actuar.
  • Elegir y consumir servicios turísticos y ecoturísticos locales y regionales, que las comunidades rurales ofrecen en el estado, en lugar de hospedarse en hoteles cinco estrellas de turismo masivo, cuya demanda de agua es altísima (albercas, sanitarios, lavandería, limpieza, campos de golf, etc.).
  • Utilizar tecnologías limpias de mínimo impacto, vehículos que consuman un mínimo de combustible, desconectar aparatos eléctricos sin uso, utilizar baterías recargables, y adquirir artículos que utilicen energía solar recargable (lámparas, radios, cargadores para celular y laptop),
  • Cambia el mecanismo de sanitarios, por ahorradores de agua, utiliza iluminación de LED’s, pantallas para proyecciones de LED’s.



Además de fijarnos en los productos que vamos a comprar, también es importante tener en cuenta a las compañías que los producen. Hay empresas que sacan a la venta productos “ecológicos” o de “comercio justo” para hacerse un lavado de cara, pero su forma global de actuar y el modo en que elaboran la mayoría de sus productos nada tiene que ver con el respeto al medio ambiente y a los derechos laborales, ni con un pago justo a quienes producen las materias primas.


Así que, hay que ponernos las pilas y actuar ya, con pequeñas acciones que estas repercutirán globalmente. Tú tienes la última palabra.





 Referencias.

  • Commonwealth of Australia. 2006. Responsabilidad Ambiental: Programa de Desarrollo Sostenible Leading Practice para la Industria Minera. 55pp.
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano.
  • García-López, T. 2007. La Constitución Mexicana y Los Principios recores del Derecho ambiental. P. 35-53. http://www.bibliojuridica.org/libros/5/2429/6.pdf
  • Programa de las Naciones Unidas para el Medioambiente – www.unep.org/
  • Sharing Nature’s Interest: Ecological Footprints as an Indicator for Sustainability. Nicky Chambers, Craig Simmons, y Mathis Wackernagel, 2000, Earthscan, London.
  • www.ecologicalfootprint.com
  • http://www.miliarium.com/formularios/huellaecologicaa.asp.
  • http://www.gdrc.org/uem/footprints/index.html
  • http://www.miliarium.com/formularios/huellaecologicaa.asp.
  • http://www.ub.edu/



No hay comentarios:

Publicar un comentario